Lunes, 5 de Mayo del 2025
xb-prime


Nicolás Maduro firmó su primer decreto como presidente encargado de Venezuela.

Publicado el 07/03/13

En el documento, el vicepresidente de Venezuela declara el duelo nacional durante siete días por el fallecimiento de Hugo Chávez.

La firma fue considerada como la toma de poder por parte de Maduro.
“Se declaran siete días de Duelo Nacional, entre el 5 y el 11 de marzo de 2013, por el lamentable y penoso fallecimiento e irreparable pérdida del héroe de la patria Hugo Rafael Chávez Frías”, reza el decreto publicado en la Gaceta Oficial y que Maduro firmó como presidente encargado (vea la Gaceta Oficial número 40.123).
La medida también ordenó que “la bandera nacional permanezca izada a media asta en todos los edificios públicos y privados, tanto civiles como militares”.
Maduro asumió como Presidente encargado de Venezuela en medio de la polémica de si debía ser él o el presidente de la Asamblea Nacional, Diosdado Cabello, quien debía recibir la presidencia temporal del vecino país.
El artículo 233 de la Carta Magna de Venezuela reza que debe ser el Vicepresidente quien tome el cargo de Presidente encargado si se presenta una falta absoluta dentro de los primeros cuatro años de mandato del Presidente o Presidenta del país.
La Constitución también dice que debe ser el presidente de la Asamblea Nacional quien tome el cargo de Presidente encargado si la falta absoluta del Presidente o Presidenta del país se genera antes de que este tome posesión.
En medio del debate, sectores chavistas han recordado que el Tribunal Supremo de Justicia (TSJ) de Venezuela, cuya presidenta es Luisa Estella Morales, puntualizó que no era “necesaria una nueva toma de posesión en relación al presidente Hugo Chávez en su condición de presidente reelecto”, por lo cual el 10 de enero pasado, sin Chávez en el acto, se oficializó la toma de posesión de un nuevo mandato.
Por eso, representantes del chavismo como Elías Jaua, canciller de Venezuela, argumentan que Nicolás Maduro debía ser el presidente encargado.
Lo cierto es que la Carta Magna dice que después de la falta absoluta del Presidente o Presidenta de Venezuela se debe convocar a elecciones en un plazo no mayor a 30 días, labor que ahora estará en manos de Maduro.
El decreto presidencial firmado por el ahora presidente encargado también prohíbe las festividades y celebraciones en todo el territorio nacional durante esos siete días. El decreto lleva la fecha de este martes, cuando el mismo Maduro anunció el deceso del jefe de Estado.



Comments are closed.