Viernes, 2 de Mayo del 2025
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Hasta 18 años de cárcel pagarán conductores ebrios por homicidios

Publicado el 14/12/13

Mientras en Medellín, los ciudadanos se despertaban ayer con la noticia de que un suboficial del Ejército, en estado de embriaguez, evadía un control del Tránsito y luego la emprendió a tiros contra quienes lo seguían, y en Bogotá una mujer respondía ante las autoridades por el accidente que dejó heridas a seis personas, entre ellas cuatro menores, apurados los congresistas intentaban conciliar el proyecto de ley que aumenta las sanciones a los conductores ebrios.

14BUCAR01B003_BIGEl Senado en pleno logró el cometido y aprobó una norma que evitará que los conductores en estado de embriaguez o bajo el influjo de sustancias alucinógenas queden en libertad tras causar la muerte o heridas a personas en accidentes de tránsito, como hoy ocurre.

“Básicamente el proyecto aumenta las sanciones penales. Así evitamos el bochornoso espectáculo de un chófer que mata a alguien y se deja en libertad”, explicó el senador liberal Luis Fernando Velasco, coordinador de ponentes de la iniciativa.

En la Cámara, que debía discutir también ayer la norma por mensaje de urgencia del Gobierno, la discusión se demoró y aunque la mayoría del articulado pasó, no hubo quórum suficiente para aprobar el título del proyecto que debía ser igual al del Senado.

“En el Senado cambiaron a última hora el título del proyecto. Y el reglamento nos obliga a una votación nominal que la haremos el próximo lunes a las nueve de la mañana”, aclaró el representante Alfonso Prada, al explicar las razones por las cuales la iniciativa quedó pendiente.

Un paso, pero no suficiente
Mary Botaggisio, directora de la fundación Por la vía, por la vida, destacó el hecho de que por primera vez, en siete años de trabajo de su organización, el Legislativo aceptó aumentar las penas contra los conductores ebrios, o como ella los llama, “delincuentes viales”.

Advierte que este paso no es suficiente porque si el interés del legislador era enviar a la cárcel al homicida no se logró. “Lo ideal sería que se hubiera tipificado como un delito peligroso, con una pena mínima de 9 años para que no tengan el beneficio de la detención domiciliaria o de la suspensión condicional de la pena”. Explicó que aunque se aumentó la pena, cuando el implicado acepte cargos por homicidio tiene derecho a la reducción de la mitad y “ahí se vuelve excarcelable”.

¿Pero por qué no se aumentaron las penas a ese nivel, como sí ocurrió por ejemplo con el porte ilegal de armas?

Según Botagissio, por una expresa oposición del Consejo de Política Criminal, la Fiscalía y el Ministerio de Justicia, ante la crisis por hacinamiento carcelario. “Indigna que para ellos sea más grave que una persona no tenga el salvoconducto de un arma, que matar a alguien conduciendo ebrio”.

Frente a las sanciones económicas también quedan dudas sobre la efectividad de las mismas. Según la Contraloría General, por caducidades y prescripción de multas de infracciones de tránsito, el Estado ha dejado de percibir 691.000 millones de pesos. Y en cuanto a la suspensión de las licencias de conducción, se informó que en el primer semestre se impusieron cerca de 30.000 comparendos por conducción en embriaguez que ameritaban la suspensión de la licencia y solo en el 50 por ciento se hicieron efectivas.



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