Con el decreto 0427, el Gobierno determinó los plazos para pagar los impuestos de la reforma tributaria del año pasado. Para el caso del impuesto a la riqueza y su complementario, la primera cuota deberá declararse y pagarse entre el 12 y 26 mayo. Para hacer el segundo pago, el plazo es entre el 8 y el 21 de septiembre.
Adicionalmente, el plazo establecido para hacer la declaración anual de los activos en el exterior irá entre el 8 y el 22 de octubre.
El decreto también determinó los plazos para pagar la sobretasa al Cree. Según el documento, se cumplirá con la declaración y el pago del Cree en dos cuotas iguales en abril y junio.
Además, fueron ampliados en 10 días los plazos máximos para hacer la declaración y pago del impuesto de renta de personas jurídicas. La primera cuota deberá pagar entre el 14 de abril y el primero de mayo, y la segunda, entre el 10 y el 24 de junio.
Finalmente, la Dian indicó que “las sociedades fiduciarias, y demás administradoras de fondos de inversión colectiva deberán expedir las certificaciones del valor patrimonial de los derechos y el porcentaje en el total del patrimonio o del fondo de inversión, dentro de los 15 días calendario siguientes a la solicitud”.