Domingo, 19 de Mayo del 2024
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Papa y secretario de la ONU elegirán magistrados del Tribunal de paz

Publicado el 12/08/16

Sorpresivamente la mesa de diálogos alcanzó un acuerdo en una de las materias más esperadas: los criterios de selección de quienes integrarán el Tribunal Especial de Paz, las tres Salas de justicia, el presidente de dicho tribunal y el director de la Unidad de Investigación y Acusación, que se encargará de hacer las veces de la Fiscalía en los procesos contra quienes hayan tomado parte en el conflicto armado.

Las partes decidieron pedirle que integren el comité de escogencia alPapa Francisco, al Secretario General de la Naciones Unidas, Ban Ki-moon, a un representante de la sala penal de la Corte Suprema de Justicia, a delegado en Colombia del Centro Internacional de Justicia Transicional, y un vocero de la Comisión Permanente del Sistema Universitario del Estado.

La personas que estas altas dignidades o instituciones designen para integrar todo el sistema de Justicia Especial para la Paz por mayorías de cuatro quintos, es decir, por mayoría absoluta.  “El comité de escogencia gozará de toda la autonomía e independencia para que pueda cumplir sus funciones de manera imparcial. Las partes acordarán un reglamento de composición y funcionamiento del comité de escogencia, que además regulará los mecanismos de postulación y elección, mecanismos que contarán con la debida publicidad y garantías de transparencia de manera que facilite el seguimiento y veeduría por parte de la sociedad y que permita recibir comentarios y opiniones de personas y organizaciones sobre los candidatos”, señala el comunicado conjunto rotulado con el número 88.

Las partes también acordaron unos criterios de selección que deberán orientar la escogencia de los magistrados del tribunal y sus salas, entre los que se destacan que tengan especialidad en Derecho Internacional Humanitario, Derechos Humanos o resolución de conflictos. Las partes también acordaron que se integren con criterios de equidad de género y respeto a la diversidad étnica. En esencia los requisitos son los mismos que se exigen para ser magistrado de una alta corte.

Las Farc y el Gobierno detallaron que el comité de escogencia deberá elegir a “20 magistrados colombianos y  4 extranjeros para el Tribunal para la Paz”, “18 magistrados con nacionalidad colombiana y 6 magistrados extranjeros para las 3 Salas de Justicia”, “una lista   adicional de 19 nacionales y 5 extranjeros para el Tribunal para la Paz y las Salas de Justicia en caso de que se requiera aumentar el número de magistrados o sustituir a alguno de sus miembros”, al presidente del Tribunal y al director de la Unidad de Investigación y Acusación, “que tendrá plena autonomía para seleccionar a los profesionales que harán parte de la misma”.

Finalmente, la mesa de diálogos informó que los “procesos de escogencia deberán concluir lo más pronto posible después de la entrada en vigor del Acuerdo Final. En todo caso se priorizará la elección de los magistrados o magistradas de la Sala de Amnistía y de la Sala de Definición de las Situaciones Jurídicas”. Ahora se espera que las personalidades y entidades designadas por las partes informen si aceptan o no la designación.

Este es el comunicado:

Mecanismo de selección de los magistrados de la Jurisdicción Especial para La Paz

El Gobierno Nacional y las FARC-EP informamos que en el marco de lo establecido en el acuerdo de la Jurisdicción Especial para la Paz hemos llegado a un acuerdo sobre criterios y el mecanismo de selección de los magistrados de la Jurisdicción Especial para la Paz así como del Director de la Unidad de Investigación y Acusación:

1. Mecanismo de Selección:

Comité de Escogencia: El Gobierno Nacional y las FARC-EP hemos acordado proponer a las siguientes instituciones y personas, que cada una de ellas, si decidieran aceptar esta solicitud, escojan una persona para conformar el mecanismo de selección mencionado en el numeral 68 del acuerdo de creación de la Jurisdicción Especial para la Paz de 15 de diciembre de 2015:

• Su Santidad el Papa Francisco

• El Secretario General de las Naciones Unidas

• La Sala Penal de la Corte Suprema de Justicia

• La delegación en Colombia del Centro Internacional de Justicia Transicional (ICTJ).

• La Comisión Permanente del Sistema Universitario del Estado.

Los integrantes del comité deberán ser personas de altas calidades éticas, y reconocidas trayectorias profesionales.

Los integrantes del comité seleccionarán a los Magistrados por mayoríade 4/5, con un sistema de votación que promueva el consenso.

El comité de escogencia gozará de toda la autonomía e independenciapara que pueda cumplir sus funciones de manera imparcial. Las partes acordarán un reglamento de composición y funcionamiento del comité de escogencia, que además regulará los mecanismos de postulación y elección, mecanismos que contarán con la debida publicidad y garantías de transparencia de manera que facilite el seguimiento y veeduría por parte de  la sociedad y que permita recibir comentarios y opiniones de personas y organizaciones sobre los candidatos.

2. Criterios de selección:

En el acuerdo sobre el punto 5 “Víctimas” de la Agenda del Acuerdo General, numerales 65 y 66 de la JEP, fueron acordados los siguientes criterios para la selección de los Magistrados del Tribunal y de las Salas:

Todos los Magistrados “deberán estar altamente calificados y deberá incluirse expertos en distintas ramas del Derecho, con énfasis en conocimiento del DIH, Derechos Humanos o resolución de conflictos”.

El Tribunal y cada Sala “deberá ser conformado con criterios de equidad de género y respeto a la diversidad étnica y cultural, y será elegido mediante un proceso de selección que de confianza a la sociedad colombiana y a los distintos sectores que la conforman”.

“Para ser elegido Magistrado del Tribunal para la Paz deberán reunirse los mismos requisitos que para ser magistrado de la Corte Constitucional, de la Corte Suprema o del Consejo de Estado de Colombia, salvo la nacionalidad colombiana para los extranjeros. En ningún caso se aplicará un sistema de carrera”.

“Para ser elegido Magistrado de Sala deberán reunirse los mismos requisitos que para ser magistrado de Tribunal Superior de distrito judicial. En ningún caso se aplicará un sistema de carrera”.

En el proceso de selección se tendrán en cuenta  los estándares internacionales de independencia judicial y las altas calidades morales de los candidatos, así como el dominio del idioma español.
De acuerdo con lo establecido en el acuerdo de la Jurisdicción Especial para la Paz, el comité de escogencia deberá elegir siguiendo los criterios establecidos en la JEP:

• 20 magistrados colombianos y 4 extranjeros para el Tribunal para la Paz

• 18 magistrados con nacionalidad colombiana y 6 magistrados extranjeros para las 3 Salas de Justicia

• Una lista adicional de 19 nacionales y 5 extranjeros para el Tribunal para la Paz y las Salas de Justicia en caso de que se requiera aumentar el número de magistrados o sustituir a alguno de sus miembros.

• El Presidente o Presidenta 

• El Director o Directora de la Unidad de Investigación y Acusación que tendrá plena autonomía para seleccionar a los profesionales que harán parte de la misma.

Los procesos de escogencia deberán concluir lo más pronto posible después de la entrada en vigor del Acuerdo Final. En todo caso se priorizará la elección de los magistrados o magistradas de la Sala de Amnistía y de la Sala de Definición de las Situaciones Jurídicas”.



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