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	<title>arrendatarios | Sercolombiano</title>
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	<description>Un Sentimiento, Tu identidad</description>
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		<title>¿Qué puede hacer como dueño de casa si los arrendatarios no pagan y no se quieren ir de la vivienda?</title>
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		<dc:creator><![CDATA[Albani Lamon]]></dc:creator>
		<pubDate>Fri, 09 Sep 2022 21:31:24 +0000</pubDate>
				<category><![CDATA[Noticias]]></category>
		<category><![CDATA[arrendatarios]]></category>
		<category><![CDATA[arrendatarios Colombia]]></category>
		<category><![CDATA[arrendatarios no pagan]]></category>
		<category><![CDATA[arrendatarios no pagan Colombia]]></category>
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					<description><![CDATA[<p>La ley ha establecido una serie de normas y mecanismos legales que le permiten al arrendador poder contar con el apoyo de la justicia para en última instancia, si no se puede llegar a un arreglo con el arrendatario para el pago de los cánones adeudados, se desocupe el inmueble y se pueda seguir obteniendo [&#8230;]</p>
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										<content:encoded><![CDATA[<p>La ley ha establecido una serie de normas y mecanismos legales que le permiten al arrendador poder contar con el apoyo de la justicia para en última instancia, si no se puede llegar a un arreglo con el arrendatario para el pago de los cánones adeudados, se desocupe el inmueble y se pueda seguir obteniendo los recursos propios del contrato de arrendamiento.</p>
<p>El código general del proceso (CGP) en su artículo 384 establece que el propietario del inmueble puede iniciar una demanda por un proceso denominado “RESTITUCION DEL INMUEBLE ARRENDADO” ante un juez competente si su petición es favorable (Fallo a favor del arrendador una vez cumplidas todas las etapas procesales).</p>
<p>Es de recordar que la restitución de inmueble arrendado se da cuando se genera algún tipo de incumplimiento de las obligaciones derivadas del contrato de arrendamiento por parte del arrendatario, pero específicamente se da por el no pago del arrendamiento, en este orden de ideas se genera el proceso judicial en el cual se debe tener en cuenta que el mismo se puede demorar meses o incluso años, hasta que se llegue a una solución efectiva. Sin embargo, también es posible agotar una etapa de conciliación si ambas partes se ponen de acuerdo.</p>
<h3>En el proceso el arrendador podrá alegar las siguientes acciones:</h3>
<p><strong>1.</strong>&nbsp;Cobrar el arriendo hasta el último día que se haga la entrega del inmueble y esta puede ser de manera totalmente voluntaria o por una orden judicial que lo exija, incluyendo los costos procesales y demás gastos que pueda generar el proceso.</p>
<p><strong>2.</strong>&nbsp;Exigir al arrendatario garantías para la cancelación dela multa o clausula penal de incumplimiento pactada en el contrato.</p>
<p><strong>3.</strong>&nbsp;Solicita según el artículo del código civil, el regreso del inmueble en el mismo estado en que fue entregado al inicio del contrato y se pueda tener una constancia del estado del mismo. (sin embargo, esta regla no ignora al desgaste por el uso natural del mismo por haberse habitado, caso diferente a esto lo deberá demostrar el arrendatario.)</p>
<p>Para concluir este articulo puedo aconsejar a nuestros lectores el siempre agotar la instancia de conciliación para evitar incurrir en gastos, pero siendo este proceso de restitución de inmueble el último recurso para recuperar la vivienda y siendo este el efectivo para evitarse dolores de cabeza al momento de lidiar con un arrendatario problemático y el cual no genere pago de los cánones respectivos.</p>
<p>Para que el arrendatario pueda evitar incurrir en el pago de más dinero le recomiendo el cabal cumplimiento del contrato para así evitarse verse en situaciones legales que al final sale pagando el doble.</p>
<p>&nbsp;</p>
<p>Fuente: Diario Occidente</p>La entrada <a href="https://www.sercolombiano.com/2022/09/09/que-puede-hacer-como-dueno-de-casa-si-los-arrendatarios-no-pagan-y-no-se-quieren-ir-de-la-vivienda/">¿Qué puede hacer como dueño de casa si los arrendatarios no pagan y no se quieren ir de la vivienda?</a> apareció primero en <a href="https://www.sercolombiano.com">Sercolombiano</a>.]]></content:encoded>
					
		
		
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		<title>Medidas tomadas para los arrendatarios por decreto del Presidente Ivan Duque.</title>
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		<dc:creator><![CDATA[Yasmin Materano]]></dc:creator>
		<pubDate>Wed, 01 Apr 2020 15:51:01 +0000</pubDate>
				<category><![CDATA[Nacional]]></category>
		<category><![CDATA[Noticias]]></category>
		<category><![CDATA[arrendatarios]]></category>
		<category><![CDATA[medidas]]></category>
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					<description><![CDATA[<p>El mandatario señaló que &#8220;el 82% de los arriendos está en cabeza de los estratos 1, 2, 3 (&#8230;) y cerca del 52% de los arriendos son informales&#8221;.&#160; Por ello, el ministro de Vivienda, Jonathan Malagón, señaló que se debe &#8220;aumentar la posibilidad de que los colombianos puedan permanecer en casa, y amparados en una [&#8230;]</p>
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										<content:encoded><![CDATA[<p>El mandatario señaló qu<b>e &#8220;el 82% de los arriendos está en cabeza de los estratos 1, 2, 3 (&#8230;) y cerca del 52% de los arriendos son informales&#8221;.</b>&nbsp; Por ello, el ministro de Vivienda, Jonathan Malagón, señaló que se debe &#8220;aumentar la posibilidad de que los colombianos puedan permanecer en casa, y amparados en una solidaridad responsable, en todos los acuerdos privados se debe proteger a las familias que han perdido sus ingresos&#8221;.</p>
<p>El Minvivienda aseguró que durante el periodo de declaratoria de emergencia, y durante los próximos dos meses, <b>&#8220;queda prohibido el desalojo de familias que estén en arriendo, bajo ninguna circunstancia&#8221;. </b></p>
<p>Eso significa que las familias que eventualmente incumplan con esos pagos estarán protegidas durante el periodo que dure la crisis, y deberán buscar acuerdos de pago con el arrendador para las cuotas incumplidas.</p>
<p>En una segunda medida, Malagón aseguró que cuando se llegue a un acuerdo privado en estas semanas, <b>&#8220;estarán desprovistos de penalidad, no importa que los contratos tengan penalidades por el impago, esas penalidades quedan eliminadas durante esta temporada&#8221;. </b></p>
<p>Adicionalmente, advirtió que en el caso de que el acuerdo incluyera algún tipo de financiación, &#8220;no se pueden cobrar intereses de mora, quedan suspendidos&#8221;. Es decir, se suspenden los intereses de mora y penalidades.</p>
<p>Como tercera medida,&nbsp;quedan congelados los cánones del arrendamiento, es decir, no se puede subir el costo del arriendo &#8220;así lo tengan contemplados los contratos previamente firmados&#8221;, advirtió.</p>
<p>Finalmente, dijo que a quienes se les venció el contrato de arriendo en esta temporada, <b>&#8220;queda automáticamente prorrogado hasta que termine el periodo de emergencia económica&#8221;, </b>puntualizó.</p>
<p>Aclaró que en ningún momento se habla de no pago, ya que en todos los casos el arrendatario deberá honrar sus obligaciones y, si es necesario, llegar a acuerdos con el arrendador.</p>
<p>Esto, además de aplicarle a las cinco millones de familias que son arrendatarias del país, aplica para las Mipymes.</p>
<p>Por otra parte, el mandatario señaló que la fase de mitigación que comenzó este martes<b>&nbsp;&#8220;no es nada distinto a seguir ampliando el abanico de medidas y la posibilidad a seguir ampliando esa curva y evitemos que el sistema de salud colapse&#8221;.</b></p>
<p>Además, aseguró que, ante las dudas acerca de qué pasará después del 13 de abril <b>&#8220;no dejaremos de tomar ninguna medida para garantizar que salvemos vidas</b> (&#8230;) las decisiones las estamos basados en los análisis de expertos, epidemiólogos&#8221;.</p>
<p>Fuente:Eltiempo.com</p>La entrada <a href="https://www.sercolombiano.com/2020/04/01/medidas-tomadas-para-los-arrendatarios-por-decreto-del-presidente-ivan-duque/">Medidas tomadas para los arrendatarios por decreto del Presidente Ivan Duque.</a> apareció primero en <a href="https://www.sercolombiano.com">Sercolombiano</a>.]]></content:encoded>
					
		
		
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